Sura Aṭ-Ṭalāq (El divorcio — الطلاق) (Versículo 4)

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65 Aṭ-Ṭalāq(الطلاق), Versículo 4

وَاللَّائِي يَئِسْنَ مِنَ الْمَحِيضِ مِنْ نِسَائِكُمْ إِنِ ارْتَبْتُمْ فَعِدَّتُهُنَّ ثَلَاثَةُ أَشْهُرٍ وَاللَّائِي لَمْ يَحِضْنَ ۚ وَأُولَاتُ الْأَحْمَالِ أَجَلُهُنَّ أَنْ يَضَعْنَ حَمْلَهُنَّ ۚ وَمَنْ يَتَّقِ اللَّهَ يَجْعَلْ لَهُ مِنْ أَمْرِهِ يُسْرًا 4 ٤

Y respecto a aquellas de vuestras esposas que ya no esperan tener menstruación, si tenéis dudas, su tiempo de espera será de tres meses. Y lo mismo para aquellas que todavía no han tenido menstruación. Y aquellas que están embarazadas, su tiempo de espera concluirá cuando den a luz. Y a quien sea temeroso de Dios Él le facilitará sus asuntos. (4)

Tafsir
En cuanto al período de espera de las divorciadas que no esperan por su menstruación debido a la vejez, si tienen dudas sobre la forma de calcularlo, es de tres meses. Del mismo modo, el período de espera de las mujeres que no menstrúan, también es de tres meses. En lo que respecta a las mujeres embarazadas, su período de espera después del divorcio o la viudez finaliza cuando dan a luz. A quien por temor a Al-lah cumpla Sus órdenes y se aleje de las cosas que Él no ha permitido, Al-lah le facilitará sus asuntos y dificultades.

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